Dirección del Trabajo · 28 de agosto de 2026
Cuarto informe de Ley Karin: cifras de la Dirección del Trabajo
En resumen: entre agosto de 2024 y junio de 2026 la Dirección del Trabajo recibió 92.643 ingresos por posibles materias Ley Karin. De ellos, 32.565 (35,1%) se clasificaron para tramitación bajo esa ley, 14.658 avanzaron a investigación y 1.551 investigaciones concluidas constataron hechos vulneratorios. Estas cifras son de la DT, no de mopcion.
¿Cuántos ingresos recibió la Dirección del Trabajo?
La DT recibió 92.643 ingresos por posibles materias de la Ley N° 21.643 en el periodo acumulado. Esa cifra no equivale a denuncias calificadas ni a vulneraciones constatadas: la materia se registra a partir del relato inicial y se define después, en el análisis y la clasificación.
De ese total, 32.565 casos (35,1%) se clasificaron para tramitación bajo Ley Karin; 48.505 (52%) se derivaron a otros procedimientos o se cerraron; y 11.573 (12,5%) estaban pendientes de análisis al 30 de junio de 2026.
| Indicador | Cantidad | % de referencia |
|---|---|---|
| Ingresos totales recibidos | 92.643 | 100% del total |
| Clasificados para tramitación bajo Ley Karin | 32.565 | 35,1% del total |
| No clasificados: derivados a otros procedimientos o cerrados | 48.505 | 52% del total |
| Pendientes de análisis al corte | 11.573 | 12,5% del total |
| Clasificados en etapa previa a investigación | 17.907 | 55,0% de los clasificados |
| Avanzaron a investigación | 14.658 | 45,0% de los clasificados |
| Investigaciones concluidas | 8.528 | 58,2% de las investigaciones |
| Investigaciones en curso | 6.130 | 41,8% de las investigaciones |
| Concluidas con constatación de hechos vulneratorios | 1.551 | 18,2% de las concluidas |
| Concluidas sin constatación | 6.977 | 81,8% de las concluidas |
| Fiscalizaciones relacionadas con Ley Karin | 4.818 | 100% de fiscalizaciones |
| Fiscalizaciones con al menos una multa | 2.231 | 46,3% de fiscalizaciones |
| Valor inicial de las multas aplicadas | $5.798.990.995 | — |
¿Cómo se reduce el volumen desde el ingreso hasta la constatación?
De cada 100 ingresos recibidos, 35 se clasifican como Ley Karin, 16 pasan a investigación, 9 concluyen y menos de 2 terminan con hechos vulneratorios constatados. Cada barra del gráfico se mide sobre el total de 92.643 ingresos.
¿Qué destino tuvieron los 92.643 ingresos?
El 52% de los ingresos no se clasificó como Ley Karin: se derivó a otros procedimientos o se cerró administrativamente. El 12,5% seguía pendiente de análisis al corte del informe.
Los ingresos no equivalen a denuncias calificadas como Ley Karin: la materia se registra a partir del relato inicial y se define en la etapa posterior de análisis y clasificación.
¿Qué materias se investigan?
El 86,7% de las materias investigadas corresponde a acoso laboral, el 6,9% a acoso sexual y el 6,4% a violencia de terceros. El 66,7% de las denuncias que avanzaron a investigación fue presentado por mujeres.
¿Qué resultado tienen las investigaciones?
De las 14.658 investigaciones, 8.528 están concluidas y 6.130 seguían en curso al 30 de junio de 2026. Entre las concluidas, 1.551 (18,2%) constataron hechos vulneratorios y 6.977 (81,8%) no los constataron. Sobre el total de investigaciones, eso equivale a 10,6% con constatación, 47,6% sin constatación y 41,8% en curso.
La ausencia de constatación no supone un pronunciamiento sobre la veracidad del relato: significa que en el procedimiento administrativo no se constató la ocurrencia de los hechos denunciados.
| Estado | Casos | % |
|---|---|---|
| Concluidas — con hechos vulneratorios constatados | 1.551 | 10,6% |
| Concluidas — sin constatación | 6.977 | 47,6% |
| En curso al 30 de junio de 2026 | 6.130 | 41,8% |
| Total investigaciones | 14.658 | 100% |
¿Dónde se concentran las investigaciones?
La Región Metropolitana concentra el 28,7% de las investigaciones y Valparaíso el 15,4%. El resto del país suma el 55,9%. RM y Valparaíso lideran en número absoluto; el resto del país se obtiene por diferencia.
¿Cuántas fiscalizaciones y multas hay?
La DT realizó 4.818 fiscalizaciones relacionadas con Ley Karin. En 2.231 (46,3%) cursó al menos una multa y en 2.587 (53,7%) no hubo multa. El valor inicial de las multas aplicadas es de $5.798.990.995. Ese monto puede variar por impugnaciones, reconsideraciones, rebajas o pagos: no equivale a multas firmes, pagadas ni recaudadas.
| Indicador | Valor |
|---|---|
| Fiscalizaciones relacionadas con Ley Karin | 4.818 |
| Fiscalizaciones con al menos una multa cursada | 2.231 (46,3%) |
| Fiscalizaciones sin multa | 2.587 (53,7%) |
| Valor inicial de las multas aplicadas | $5.798.990.995 |
¿Qué advirtió la Dirección del Trabajo?
La Dirección del Trabajo señaló que la magnitud de esta demanda exige fortalecer la capacidad institucional y ampliar la respuesta hacia la prevención: el volumen de presentaciones muestra una demanda de atención que no puede abordarse únicamente después de ocurridos los hechos, por lo que la DT está fortaleciendo sus procesos internos y avanzando hacia los lugares de trabajo con el objetivo de prevenir.
Advertencias metodológicas del informe. Los 92.643 ingresos corresponden al total de presentaciones recibidas por todos los canales y no equivalen a denuncias calificadas, investigaciones iniciadas ni vulneraciones constatadas. Los registros no clasificados se derivaron a otros procedimientos o se cerraron administrativamente (materias distintas a la Ley Karin, duplicidades o errores de registro, o falta de antecedentes mínimos). Los casos pendientes se encuentran en tramitación dentro de las etapas previstas y no son casos sin respuesta institucional. El monto de multas es su valor inicial y puede variar por impugnaciones, reconsideraciones, rebajas o pagos.
Fuentes oficiales
- Dirección del Trabajo, cuarto informe de Ley Karin — dt.gob.cl/portal/1627/w3-article-129621.html
- Ley N° 21.643 — Biblioteca del Congreso Nacional
- Dirección del Trabajo — dt.gob.cl
Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal. mopcion resume cifras publicadas por la Dirección del Trabajo; no es un organismo público ni un canal oficial de denuncia. Para orientación sobre un caso concreto, diríjase a la Dirección del Trabajo o a la Inspección del Trabajo correspondiente a su domicilio laboral.
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